Corte Suprema de Justicia confirmó la absolución en el proceso contra el ex gobernador de Caldas, Guido Echeverry, por prevaricato por acción

13.09.2025
Foto tomada de: Facebook Guido Echeverri Piedrahita
Foto tomada de: Facebook Guido Echeverri Piedrahita

Según la acusación, la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Gobernación de Caldas, mediante Resolución 2469 del 5 de mayo de 2010, sancionó a la docente Luz Marina Beltrán García con destitución e inhabilidad general por 15 años, en virtud de un proceso disciplinario que se adelantó en su contra. Esa determinación fue confirmada por la Oficina Jurídica de la Gobernación en Resolución 4825 del 13 de agosto de 2010.

El 10 de octubre de 2011, mediante Resolución 4935, la Secretaría Jurídica de la Gobernación de Caldas revocó de manera directa las Resoluciones 2469 y 4825 de 2010. Consecuentemente, el 9 de diciembre siguiente la Secretaría de Educación del Departamento, en Resolución 6965, dispuso el reintegro de la docente Luz Marina Beltrán García, dentro de la planta global de cargos, en la Institución Educativa Santa Luisa de Marillac, del municipio de Villamaría.

GUIDO ECHEVERRI PIEDRAHITA, quien tomó posesión como gobernador del departamento de Caldas el 30 de diciembre de 2011, revocó de manera directa las Resoluciones 4935 y 6965 mediante el Decreto 017 del 20 de enero de 2012, sin observancia de las formalidades contempladas en los artículos 73 y 74 del Código Contencioso Administrativo (Decreto 01 de 1984), vigente para la época.

Además, el mandatario omitió notificar personalmente el acto, a pesar de su carácter particular y concreto.

La Sala consideró que el entonces gobernador de Caldas no incurrió en delitos al revocar dos resoluciones y dejar en firme la destitución de una funcionaria sancionada luego de que se cumplieran los procesos disciplinarios del caso.

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Información tomada de: Corte Suprema de Justicia

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